Los trabajadores autónomos constituyen una parte esencial de la economía productiva y del empleo en el país. Según datos de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) a finales de septiembre de 2017 eran 3.216.272 los autónomos existentes en España con un incremento respecto a septiembre de 2016 de 24.433. Sin embargo, todavía no se ha recuperado la cifra existente antes de la crisis económica. Ante esta situación, el pasado 11 de octubre de 2017 el Pleno del Senado aprobó el texto de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo con el propósito de que el número de autónomos aumente, se mejore la protección social y las condiciones para emprender.

En consecuencia, el pasado 25 de octubre de 2017 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE)  la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que se pondrá en vigor a partir de 1 de enero de 2018. En Swan Partners asesoramos en el emprendimiento y ayudamos a nuestros clientes autónomos a que consoliden su actividad y así puedan crear más empleo, por lo que analizamos cuáles son las medidas aprobadas:

MEDIDAS DE FOMENTO Y PROMOCION DEL TRABAJO AUTONOMO

– Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden hasta los 24 meses. Los seis siguientes a los doce de tarifa plana de 50 euros, se bonifica al 50% y los últimos 6 meses al 30%.

– Los emprendedores podrán optar de nuevo a esta tarifa plana pasados tres años desde que la disfrutaron si vuelven a reemprender.

-Se ha establecido una tarifa plana de 50 euros de cuota para las madres que reemprendan antes dos años desde que cesó su negocio por maternidad, adopción, acogimiento, etcétera.

– Se aplican las reducciones y bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para las personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo que se establezcan como trabajadores por cuenta propia.

MEDIDAS FISCALES

– Se reducen los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes.

– Tendrán la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa:

a) Las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él. El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente o de 1.500 euros por cada una de ellas con discapacidad.

b) En los casos en que el contribuyente afecte parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica, los gastos de suministros de dicha vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet, en el porcentaje resultante de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total.

c) Los gastos de manutención del propio contribuyente incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores (actualmente fijados en 27,27 euros diarios o 48 euros si el gasto por comidas se realiza en territorio español o en extranjero respectivamente).

MEDIDAS SOBRE LAS COTIZACIONES 

– Los autónomos sólo pagarán desde el día efectivo que se dan de alta o de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y no todo el mes como hasta ahora.

– Podrán darse tres veces de alta y de baja en el mismo año.

– Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos.

– Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla. También se establecen diversos beneficios en materia de cotización de aquellos emprendedores que simultáneamente llevan a cabo otra actividad que les incluye en otro régimen.

– Compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo autónomo: Si se acredita tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena, la cuantía de la pensión de jubilación será del 100 % y será compatible con el trabajo autónomo.

CONCILIACIÓN

– Exención del 100% de la cuota de autónomos durante la baja por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural

– Exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.

MEDIDAS SOBRE LA CONTRATACIÓN DE FAMILIARES DEL TRABAJADOR

– La contratación indefinida por parte del trabajador autónomo como trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, dará derecho a una bonificación en la cuota empresarial por contingencias comunes del 100 por 100 durante un período de 12 meses siempre que no haya habido ningún despido improcedente en los 12 meses anteriores y se mantenga el contrato seis meses tras el periodo bonificado.

– Se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

– Se reconocen las contingencias derivadas de accidente de trabajo in itinere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) siempre que no coincida con su domicilio. A estos efectos se entenderá como lugar de la prestación el establecimiento en donde el trabajador autónomo ejerza habitualmente su actividad siempre que no coincida con su domicilio y se corresponda con el local, nave u oficina declarado como afecto a la actividad económica a efectos fiscales.

– Se mejora la formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos.

DERECHOS COLECTIVOS DE LOS TRABAJADORES AUTONOMOS Y DE SUS ASOCIACIONES

– Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública.

– Las organizaciones representativas de los trabajadores autónomos tendrán representación en el Consejo Económico y Social. También se constituirá y pondrá en funcionamiento efectivo el Consejo del Trabajo Autónomo.

Área Consultoría y Gestión - SWAN Partners